Balcarce, 6 de abril de 1983.- VISTO Y CONSIDERANDO: La nota elevada por el Se¤or Jefe de Compras, Las consideraciones expuestas en virtud de la si- tuaci¢n actual del Municipio, Que las mismas resultan atendibles por cuanto la Oficina de Compras carece de una repartici¢n t‚cnica, laboratorio y/o taller como as¡ tambi‚n de dependencias para el almacenamiento y des- pacho de los elementos de todo tipo que adquiere el Municipio, lo que torna ¡mproba la tarea de control de la efectiva recepci¢n y correcto uso de los elementos comprados, Que en tal sentido resulta necesario deslindar responsabilidades sobre la efectiva recepci¢n y correcto uso de los mismos, POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipalidades y sus modificatorias: D E C R E T A ------------- ARTICULO 1.- Ser  de exclusiva responsabilidad de los funcionarios a ------------ cargo de cada dependencia de conformidad con la estructu- ra Org nica Municipal, certificar en el formulario respectivo - Pedido de Adquisici¢n o Contrataci¢n (Suministro) - la efectiva recepci¢n de los elementos y/o servicios objeto del tr mite de compra.------------- ARTICULO 2.- C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Oficina de Compras, Dependencias Municipales correspondientes y d‚se al Registro Oficial de Decretos.-------------------------------------------------- DECRETO N§: 114.- -----------------